Ley de Salud Mental garantiza atención, medicación y tratamiento terapéutico gratuitos

Viernes, 05 de abril del 2024 - 18:39 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Ley de Salud Mental garantiza atención, medicación y tratamiento terapéutico gratuitos

La nueva Asamblea Nacional entregó al país la Ley que reconoce a la salud mental como parte de la salud integral de las personas, desde la prevención, atención y recuperación.

Tras la vigencia de esta Ley, desde su publicación en el suplemento 471 del Registro Oficial, de 5 de enero 2024, las personas tienen derecho a la atención gratuita, multidisciplinaria, especializada de calidad en los establecimientos de salud de la Red Pública Integral de Salud; y, en los prestadores de servicios privados a los que dichas instituciones deriven a sus pacientes.

Tienen derecho a recibir tratamiento terapéutico de acuerdo con sus necesidades, promoviendo la integración familiar, laboral y comunitaria. También acompañamiento antes, durante y después del tratamiento por parte de sus familiares u otras personas, que en lo posible sean designadas por el usuario y que contribuyan a su bienestar.

Igualmente, a recibir programas de promoción de salud mental que incluya el conocimiento de los factores de riesgo que puedan producir trastornos mentales; acciones de prevención; atención de salud, en todos los prestadores de servicios de salud: públicos, privados y comunitarios, con enfoque de derechos humanos, especializada, integral e integrada.

Además, obliga a entregar medicamentos seguros, de calidad y eficaces de forma gratuita cuando así lo requiera su tratamiento, así como la supervisión médica periódica en caso de internamiento voluntario e involuntario durante el proceso terapéutico.

No podrán ser discriminados a nivel social, familiar y laboral por un trastorno de salud mental actual o pasado y deben ser considerados como una persona en goce y ejercicio pleno de sus derechos, acorde a sus capacidades y limitaciones funcionales.

Estas personas también tendrán derecho a decidir, recibir o no el tratamiento que se le proponga o a interrumpirlo, con pleno conocimiento de las consecuencias de su decisión, con las excepciones previstas en la ley.

RSA/pv

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